martes, 24 de junio de 2014

La configuración del abandono de trabajo y la mala fe.- *

La configuración del abandono de trabajo y la mala fe.
10/6/2014 L
( Pinacchio, Ángela C. M., IJ Editores )


“... La exposición de motivos de la Ley de Contrato de Trabajo dice: “(...) las partes están obligadas, activa y pasivamente a todos aquellos comportamientos que sean consecuencia del contrato, que resulten de la ley o de otras normas que rijan la relación, apreciados con ‘criterio de colaboración y solidaridad’”.
(...)
La buena fe significa conservar una conducta propia, esto significa: mantener un comportamiento esperable conforme a las obligaciones contraídas y al objeto de la relación.
“(...) Obrar de buena fe es la regla, el deber y también el derecho, para las dos partes. Buena fe significa aquí el convencimiento de que los actos que realizamos son conformes al objeto previsto, además de ajustarse a las normas legales y convencionales”.
(...)
... Intimaciones y abandono de trabajo
Es imposible soslayar el tema de las intimaciones; porque cuando hay incumplimientos, en el contexto de una relación laboral, corresponde intimar a la parte incumplidora (constitución en mora).
Esto se ha visto en infinidad de cuestiones, tales como el ius variandi y otros que habitualmente se plantean en el fuero laboral.
Verbigracia: un trabajador notificó al empleador que de no serle otorgada sus vacaciones haría uso de la facultad que le acuerda el art. 157 de la LCT. Ante esta intimación, la empleadora decide dar por concluida la relación laboral.
(...)
La Cámara Nacional del Trabajo dijo que deben converger elementos para decir “hay abandono de trabajo”. Entre ellos se encuentran: la no concurrencia al trabajo y la voluntad del empleado de no reintegrarse al empleo. A estos elementos los denominó de tipo objetivo y subjetivo respectivamente.
Desde ya, sumó a estos elementos el formalismo de la intimación, como el tercero en la lista de requerimientos para la configuración del abandono de trabajo.
En ese caso, intimada la empleadora a otorgar la licencia -aún cuando considere injustificado el reclamo- el trabajador está legitimado a no concurrir al trabajo y de gozar compulsivamente de ese beneficio.
... Mala fe, presunciones y silencios
La disposición del art. 57 de la LCT establece, por ejemplo, una presunción en contra del empleador, cuando existe silencio de su parte durante dos días hábiles.
(...)
... el artículo 57 de la LCT sólo alude al silencio del empleador y no del trabajador. Las razones pueden leerse del artículo que le sigue.
... se advierte que el silencio del trabajador no genera una presunción en su contra.
Es decir, que en conformidad al art. 58 de la LCT se prohíbe asignar valor a la conducta del trabajador vinculada con sus derechos, salvo que fuera descripto como “de comportamiento inequívoco”. De todas formas, esa circunstancia sería materia de prueba.
En principio, no presentarse a trabajar no puede ser valorado por si solo como abandono de trabajo, si no se lo ha constituido en mora previamente.
(...)
Nadie duda que los axiomas o principios atraviesen todo el fenómeno jurídico al igual que las normas.
Los valores son la columna vertebral de una sociedad que pretende fortalecer lazos comunitarios. Por lo que, la buena fe es tan necesaria como: la seguridad, la justicia y la confianza.
En el contexto de una relación de trabajo, el ir a prestar el servicio, ejecutar una obra o realizar la tarea es un deber. La afirmación que antecede, recuerda los límites en el ejercicio de los derechos.
Un obrar de mala fe es como un puente que ya no une los dos extremos de la orilla. Como si fuera un eufemismo, el “obrar” de mala fe no es una construcción, es una destrucción de lo edificado para instaurar un interés particular y estratégico.
En una situación x donde reine la mala fe, desaparecerá: la propiedad privada, la intimidad y privacidad, como también, todo otro derecho y justicia. Donde prime la mala fe no habrá comunicación. Ante la mala fe se suprimen las normas morales, sociales y jurídicas ...”.

* Ver: http://www.legishoy.com/RLA.asp.-

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