martes, 1 de abril de 2014

El Congreso apura proyecto de ley para incluir bonos y eliminar "topes" en las indemnizaciones.-*

31-03-2014 Así lo señaló el diputado Héctor Recalde en la conferencia organizada por iProfesional. Además, aumentaría el mínimo a pagar como resarcimiento por despido ya que no se aplicarán máximos en ningún caso. ¿Cuál será el impacto para empresas que desvinculen empleados sin justa causa?Opinan expertos.- 

Suele ser un problema frecuente para las empresas, a la hora de evaluar la desvinculación de un empleado jerárquico, fuera de convenio o con remuneraciones muy elevadas, el pago de las indemnizaciones correspondientes, ya que en general tienden a ser muy altas, debido a los ingresos que perciben y a los beneficios que se les otorgan. 

Durante la conferencia "Salarios y Conflictividad Laboral. Escenario 2014" organizada poriProfesional, el diputado oficialista Héctor Recalde confirmó que insistirá para que se sancione un nuevo artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT), que estipula el rubro resarcitorio por antigüedad.

En concreto, busca eliminar los topes indemnizatorios e incluir, en la base del cálculo, diversos rubros que se abonan con periodicidad distinta a la mensual (tales como el bono anual) y que en la actualidad no se consideran como remuneratorios.

Además, establece que la indemnización nunca podrá ser inferior a dos meses de sueldo. Así, de sancionarse la iniciativa del diputado oficialista, las liquidaciones finales que las compañías deberían pagar, en caso de disponer una cesantía sin justa causa, se verán altamente incrementadas.

Y más aun en los casos de empleados jerárquicos no amparados por convenios colectivos de trabajo, ya que los límites que hoy están vigentes producen una importante licuación del crédito indemnizatorio.

Vale remarcar que dichos dependientes suelen percibir sueldos ampliamente superiores a los topes referidos y con canastas de compensaciones sofisticadas, integradas no sólo por los salarios mensuales, sino también por bonos y otros adicionales anuales, plurianuales e, incluso, diferidos.

Es por ello que no es casual la proliferación de reclamos judiciales vinculados con la no aplicabilidad de dichos límites de cálculo y aquellos referidos a la base que corresponde considerar para fijar la indemnización.

Además, hace pocos días, un fallo de la Cámara del Trabajo que declaró de oficio la inconstitucionalidad del tope establecido en el segundo párrafo del artículo 245 de la LCT, fue dejado sin efecto por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, por considerar haber decretado esa solución sin que el dependiente lo haya solicitado.

Los expertos consultados por iProfesional afirmaron que es plausible una reforma respecto de los criterios a aplicar para liquidar el rubro antigüedad. Pero también temen que esto termine no sólo perjudicando a los empleadores, por el incremento de los costos laborales, sino que, además, repercuta sobre los empleados a través de la quita de ciertas compensaciones e incentivos o a causa de falencias en materia de registración de los dependientes.

La Corte Suprema, en el fallo "Vizzoti Carlos Alberto c/ Amsa S.A. s/ Despido", sostuvo que no resulta razonable, justo ni equitativo que la base salarial prevista en el primer párrafo del Art. 245 de la LCT, pueda verse reducida en más de un 33%, considerándolo confiscatorio si se supera dicho porcentaje.

Por lo tanto, al momento de fijar el tope, se deberá comprobar que al menos el cálculo se haga con el 67% de la remuneración del trabajador a fin de que éste no se vea perjudicado. Ahora, la propuesta pretende tomar directamente el 100% de los sueldos como base del cálculo del resarcimiento por antigüedad.

Los puntos más polémicos
A la hora de analizar la propuesta presentada por Recalde, es clave tener presente cómo quedaría redactado el nuevo artículo 245 de la LCT (ver imagen): 

En la actualidad, establece que, en caso de despido sin causa, debe abonarse una indemnización equivalente a un mes de sueldo por cada año de servicios o fracción mayor a 3 meses, tomando como base la mejor remuneración mensual, normal y habitual devengada durante el último año o durante el tiempo de prestación de servicios, si éste fuese menor.

¿Cómo se incrementará el rubro antigüedad?
Juan Carlos Cerutti, socio del estudio Cerutti - Darago & Asociados, ejemplificó las distintas variables de los cálculos de indemnización por antigüedad -que considera un mes por año trabajado- a partir de las situaciones de un empleado que alcanzó una antigüedad de 5 años y de otro dependiente que sólo cuenta con 1 año, ambos con un salario de 15.000 pesos.

De acuerdo con la doctrina del caso Vizzoti, el especialista explicó que el tope sería es de 67%(es decir, de $15.000 arrojaría una base de cálculo de $10.050).

Asimismo, supuso que el dependiente gana comisiones variables de $1.000 todos los meses, salvo uno en el que obtuvo 3.000 pesos. 

A partir de allí, para determinar la base del cálculo del proyecto de Recalde habría que tomar el mejor salario devengado de los últimos 12 meses, que sería de $18.000 (el fijo de $15.000 y los $3.000 de comisiones). Si continuase aplicándose el régimen surgido del caso Vizzoti, la base del cálculo seria $12.060 (el 67% de $18.000). En cambio si se aplica el tope vigente estipulado por convenio, sería de 9.000 pesos.

Es decir, se darían las siguientes situaciones para los ejemplos mencionados al calcular la indemnización por antigüedad:

1.- Pago con el tope salarial de convenio colectivo aplicable: $45.000 ($9.000 x 5).
2.- Pago con el tope establecido en Vizzoti$60.300 ($12.060 x 5). 
3.- Pago sin tope tomando en cuenta el mejor sueldo por año devengado: $90.000 ($18.000 x 5).

Es decir, de acuerdo con la norma vigente, el empleado percibiría $45.000; si se aplicase el tope de Vizzoti, obtendría $60.300 y si se tomase en cuenta el proyecto de ley del diputado oficialista, 90.000 pesos.

Pero el ejemplo más claro del encarecimiento, bajo el supuesto de que se apruebe la reforma de Recalde, se da para el empleado que tiene sólo un año de antigüedad. Esto es así dado que entra a jugar el tope mínimo de dos salarios, por lo que cobraría $36.000 en lugar de $18.000como indica el régimen actual.

¿Qué sucederá con los bonus?
"El proyecto no sólo incrementa el importe mínimo de la indemnización por antigüedad, elevando éste de uno a dos salarios, sino que, además, incorpora expresamente en la base de cálculo a todos los conceptos remuneratorios que se abonen con una periodicidad distinta a la mensual", indicó Pablo Mastromarino, abogado del estudio Tanoira & Cassagne.

Es decir que, de ser aprobada esta reforma, todos los bonus -sean estos anuales, trimestrales o de cualquier otra periodicidad- deberán ser "mensualizados" e incorporados en la base de cálculo del rubro "antigüedad" y lo mismo ocurrirá con los sistemas de compensación más complejos, como los planes de stock options.

En suma, para el mencionado especialista, el proyecto implica incrementar sustancialmente el costo por despido para todos los empleadores sin distinción y, al mismo tiempo, terminará desalentando la instrumentación de mecanismos de retribución idóneos y eficaces a fin de estimular y retener a los empleados.

"Más que eliminar los topes se debería perseguir seguridad jurídica respecto a qué se entiende que integra hoy el concepto de remuneración a estos fines, evitando que sea la Justicia la que deba expedirse acerca del impacto de la telefonía celular, la asignación de vehículo y cochera, entre tantos otros rubros", concluyó el especialista en la materia Héctor Alejandro García.

* ver: http://www.iprofesional.com/notas/183620-El-Congreso-apura-proyecto-de-ley-para-incluir-bonos-y-eliminar-topes-en-las-indemnizaciones.-

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