jueves, 27 de junio de 2013

Incluyen las propinas en la indemnización de un trabajador que se consideró despedido.- *


Luego de una demanda laboral iniciada por un playero que realizaba sus tareas en una estación de servicio de Deheza S.A, la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo decidió incluir el monto de las propinas en la indemnización.

El demandante se había considerado indirectamente despedido por la no asignación de tareas, las horas extras impagas y la subregistración de los montos percibidos por no incluir las propinas.

Los camaristas aclararon en la sentencia que no se encontraba en discusión el despido “indirecto” denunciado pro el trabajador, sino que el foco estaba en el monto de indemnización.

Los compañeros de empleo, en su carácter de testigos, señalaron en coincidencia que el horario laboral del trabajador era de 6 a 14. No obstante, aclararon que, por lo general, se retiraba una hora después ya que debía rendir la caja.

Si bien las propinas fueron calificadas como “esporádicas o eventuales”, los magistrados entendieron que el trabajador alcanzaba los 900 pesos mensuales. Como el hombre había ejercido sus tareas durante 19 años en la empresa, determinaron que la indemnización debía ser de 171.651,83 pesos.


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