domingo, 24 de agosto de 2014

QUIEBRA. CRÉDITO RECONOCIDO EN JUICIO LABORAL POR DESPIDO. PEDIDO DE QUIEBRA POR ACREEDOR.- *

032551/2013 - "Novarini Monica Marta s/ pedido de quiebra por(Riveros Cintia Natali)" – CNCOM – SALA F – 06/05/2014

QUIEBRA. CRÉDITO RECONOCIDO EN JUICIO LABORAL POR DESPIDO. PEDIDO DE QUIEBRA POR ACREEDOR SIN AGOTAR PREVIAMENTE LA VÍA DE COBRO INDIVIDUAL. Inexistencia de norma positiva que imponga al acreedor el agotamiento de la ejecución individual, como recaudo de habilitación de la vía prevista en el Art. 83 de la Ley 24522. Norma que sólo exige la verificación sumaria de la existencia del crédito. ADMISIBILIDAD 

“…el argumento de que no corresponde el ejercicio simultáneo de las vías individual y colectiva, no se compadece con la requisitoria normativa del art. 80 de la ley 24.522, que sólo exige la verificación sumaria de la existencia de un crédito.”

“…no existe norma positiva que imponga al acreedor el agotamiento de la ejecución individual en este caso promovida como consecuencia del despido por parte de su empleador, como recaudo de habilitación de esta vía prevista en la LCQ: 83.”

*ver: elDial.com - AA8923

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