domingo, 24 de agosto de 2014

PROCEDIMIENTO LABORAL. DESPIDO. Injuria patronal. Postura maliciosa de las demandadas tendiente a eludir obligaciones patronales.- *

SD 46764 – Causa 29.086/2011 – “Stanganelli, Adrian Alejandro c/Codigo X S.A. y otros s/ despido” – CNTRAB – SALA VII – 26/06/2014

PROCEDIMIENTO LABORAL. DESPIDO. Injuria patronal. Postura maliciosa de las demandadas tendiente a eludir obligaciones patronales. Silencio frente a las intimaciones formuladas por el actor. Negativa total de los hechos en el responde sin explicar la realidad. Encuadramiento de dicho proceder en los términos del Art. 275 de la Ley 20744. SANCIÓN DE TEMERIDAD Y MALICIA. Admisión 

“La declaración de la temeridad y malicia respecto del comportamiento de las codemandadas se da en casos extremos, debiendo quedar el comportamiento malicioso y temerario debidamente configurado y dejar en el ánimo de quien debe aplicarla, el convencimiento absoluto de que se ha actuado con dolo o culpa grave, pues de lo contrario, se puede afectar el principio constitucional de defensa en juicio. En el caso, la negativa total de los hechos formulada en los escritos de responde de las demandadas, sin explicar la realidad de los hechos, sumado al silencio frente a las intimaciones formuladas por el actor, fija una postura maliciosa tendiente a eludir obligaciones patronales. De tal modo, de ser compartido mi criterio, voto por qué se haga lugar a la sanción prevista en el art. 275 de la L.C.T. y se condene a las codemandadas en autos a abonar a la actora en tal concepto…” (Del voto de la mayoría)

“He de disentir sin embargo respecto de las consecuencias de la aplicación del art. 275 LCT, en tanto para ceñirme a la letra del mismo he de proponer que se condene a la parte demandada a abonar un interés sobre el monto nominal de condena, equivalente a una vez y media la tasa establecida en primera instancia.” (Del voto en disidencia de la Dra. Fontana)
* Ver: elDial.com - AA8953

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