martes, 21 de julio de 2015

PROHIBICIÓN DEL DESPIDO POR CAUSA DE MATRIMONIO. PROTECCIÓN DE LA MATERNIDAD.- *

SD 47375 – Causa 13.149/2012 – “Nigro Abad Maria Paula c/ Colegio Santa Trinidad S.A. s/ despido” – CNTRAB – SALA VII – 11/03/2015

PROHIBICIÓN DEL DESPIDO POR CAUSA DE MATRIMONIO. PROTECCIÓN DE LA MATERNIDAD. Despido por razones de matrimonio y de maternidad. ACUMULACIÓN DE AMBAS INDEMNIZACIONES ESPECIALES –Arts. 178 y 182 de la LCT–. La propia ley no prohíbe la acumulación de ambos conceptos 


“Lo expuesto, me lleva también a confirmar la procedencia de la indemnización especial prevista en el art. 182 LCT, pues es dato incontrovertido que el despido de la trabajadora sucedió durante el plazo de protección previsto en el art. 178 LCT. Idéntico temperamento corresponde adoptar frente a la protección establecida en el art. 181 LCT, sin que el hecho de que la indemnización especial prevista por causa de embarazo, obste a su progreso, pues la apelante carece de otro fundamento que la voluntad de distinguir donde la ley no distingue. En consecuencia, corresponde confirmar el segmento recurrido toda vez que la propia ley no prohíbe la acumulación de ambos conceptos, cuyo fundamento radica en presupuestos fácticos distintos.”
* Ver: elDial.com - AA907E

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