La empleada había efectuado un acción de amparo para el cobro de la prestación y hace aproximadamente diez días la Sala de Feria de la Cámara Federal de la Seguridad Social le otorgó la medida cautelar.
De esta manera, la justicia obligó a la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) a depositar la asignación por maternidad en la cuenta de la trabajadora de casas particulares.
Este derecho se desprende de la ley 26.844 que fijó un nuevo régimen laboral para este tipo de empleados estableciendo, entre otras cosas, la prohibición de trabajo durante los 45 días anteriores y posteriores a la fecha de parto.
En este caso particular, la mujer contó con el patrocinio gratuito de la Comisión sobre Temáticas de Género de la Defensoría General de la Nación. La resolución de la Sala de Feria llevó las firmas de los jueces Chirinos, Poclava Lafuente y Dorado.
Los magistrados consideraron que la amparista "sería el único sostén económico de su hogar y los inconvenientes que presentaría" al tener gran vulnerabilidad socioeconómica.
Con el fallo de la Sala, la mujer se convirtió en la primera trabajadora de casas particulares en acceder al derecho, sentando un valioso precedente para otros casos similares.
* ver: http://www.abogados.com.ar/por-primera-vez-una-trabajadora-de-casa-particular-percibira-la-licencia-por-maternidad/13851.-
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