Pese a que los legisladores están avocados a la campaña política por las elecciones del próximo domingo 27, los integrantes de la Comisión de Legislación del Trabajo de la Cámara de Diputados aprobaron más modificaciones a la Ley Nº 20.744, de Contrato de Trabajo. La primera tiene que ver con la situación de excedencia por enfermedad de hijo menor a cargo, fijada en el artículo 183. Se trata de una propuesta del diputado por Chubut Juan País que busca salvar la no aplicación de una previsión legal que por falta de reglamentación, impide a la madre trabajadora quedar en situación de excedencia -de 3 a 6 meses- ante el supuesto justificado de cuidado de hijo enfermo menor de edad o de rescindir el contrato de trabajo, percibiendo una indemnización reducida.
“La propuesta establece dos aspectos necesarios para hacer operativa la opción de la mujer trabajadora, los cuales son la justificación del cuidado especial del menor y su acreditación por parte de la trabajadora, y que tal cuidado determine la procedencia de una ausencia prolongada en el trabajo”, explicó Pais.
En tanto, también recibió el visto bueno de los legisladores un proyecto de ley del abogado laboralista Héctor Recalde que reforma la Ley Nº 24.642 de Asociaciones Sindicales de Trabajadores, respecto a los procedimientos para el cobro de los créditos a su favor por contribuciones de solidaridad y por aportes patronales pactados en las convenciones colectivas. Así se establece que los empleadores deberán depositar a la orden de la asociación sindical respectiva las cuotas a cargo de los afiliados, las contribuciones de solidaridad, y los aportes patronales en la misma fecha que los aportes y contribuciones al Sistema de Seguridad Social, siendo responsables directos del importe de las retenciones que no hubieran sido efectuadas.
El autor fundamenta que el objetivo de su propuesta es “establecer idéntico régimen procedimental tanto para las cotizaciones ordinarias y extraordinarias dispuestas a los afiliados a las asociaciones sindicales, como las contribuciones de solidaridad que se pacten en los convenios colectivos y que se extienden a la totalidad de los trabajadores de la actividad”.
Además, los diputados aprobaron otro proyecto de Recalde que postula la modificación del artículo 142 de la Ley Laboral a los efectos de brindarle una participación activa a la asociación profesional de la actividad que requiera derecibos de pagos especiales. En la actualidad, la facultad de realizar novaciones generales y funcionales en los recibos de haberes de los trabajadores lo detenta exclusivamente la autoridad de aplicación. Mediante el cambio que procura este proyecto de ley, se incorpora en este proceso a la asociación profesional que corresponda a la actividad, quien tendrá la facultad de peticionar la variación necesaria en los recibos de haberes, y sólo en aquél caso la autoridad de aplicación podrá disponer mediante resolución fundada los cambios pertinentes.
Por su parte, los diputados de la Comisión de Previsión y Seguridad Social de la misma Cámara despacharon favorablemente un proyecto del formoseño Juan Carlos Díaz Roig, que otorga una jubilación anticipada por desempleo a los adultos mayores que tienen los 30 años de aportes pero no alcanzaron la edad jubilatoria y se encuentran fuera del mercado laboral.
El texto dictaminado tiene su antecedente en la Ley Nº 25.994, que fue sancionada en diciembre del 2004 tras los reclamos de la Asociación 50 a 60, que postulaba una cobertura de vida digna para aquellas personas denominadas "viejos para trabajar y jóvenes para jubilarse".
En ese momento, la ley tuvo una vigencia de 840 días y resolvió las dificultades de 600 mil personas, que habían sido expulsadas del mercado de trabajo en la década del '90 y que, por una cuestión de edad, no habían podido reinsertarse en la actividad laboral. Sin embargo, luego de ese período de tiempo, una gran cantidad de personas quedaron fuera del beneficio.
El diputado Díaz Roig aseguró que “es sumamente necesaria e impostergable la aprobación del presente proyecto a los fines de brindar protección a un sector de la población que se encuentra en situación de desamparo y de riesgo por las razones indicadas precedentemente”.
En función de esto, la diputada Graciela Iturraspe señaló que “hemos dado un paso importante, en el camino a generar situaciones de mayor justicia para muchos trabajadores desempleados, que a pesar de haber cumplido con los requisitos de los aportes a la seguridad social, se les torna muy difícil reinsertarse en el mundo laboral para alcanzar la edad jubilatoria”. Aunque advirtió que “lo que se requiere es un debate integral del sistema previsional en nuestro país”.
El dictamen establece que se creará el beneficio de la Prestación Anticipada por Desempleo (P.A.D.) y accederán a él las mujeres de 55 años y los varones de 60 cumplidos que puedan acreditar encontrarse en situación de desempleo al 31 de Diciembre de 2011. En tanto, percibirán un haber mensual equivalente al 50 por ciento del equivalente al beneficio de jubilación al que tendrá derecho al cumplir la edad requerida por la ley Nº 24.241. Habrá que esperar hasta la próxima sesión para ver si estos proyectos reciben la media sanción.
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