jueves, 10 de octubre de 2013

Cobertura médica y notebook Carácter NO remuneratorio.- *

SD 89.070 – Causa 35.495/10 – “Pappalardo Marisa Sandra c/ Distrizub S.A. y otros s/ despido” – CNTRAB – SALA I – 22/08/2013

REMUNERACIÓN DEL TRABAJADOR. Rubros: “COBERTURA MÉDICA”. Servicio de medicina prepaga contratado por la empleadora a favor de la trabajadora y su grupo familiar. Carácter no remuneratorio. Entrega de “NOTEBOOK” por la empleadora a la dependiente. Herramienta utilizada para el desarrollo de labores gerenciales. Carácter no remuneratorio 

“Con relación al servicio de medicina prepaga contratado por la demandada a favor del trabajador y su grupo familiar (en el caso, a través de OSDE SA), esta Sala ha explicitado que dicha prestación “…no se concede en función del tiempo durante el cual el trabajador permanece a disposición del empleador, ni tampoco atendiendo a su rendimiento, lo cual revela que no se trata de una contraprestación del trabajo, sino más bien de “…una protección que se otorga en ocasión y en la medida de ciertas necesidades emergentes del dependiente. Constituye un modo de asunción, por parte del empleador, de una contingencia social que puede aleatoriamente afectar o no a sus empleados” (cfr. CNAT, Sala III, SD 89286 del 30/11/07, in re “Saint Jean, Alejandro c/ Disco SA s/ despido” [Fallo en extenso: elDial.com - AA43EC]; Sala IV, SD 60877 del 10/10/08, in re “Pega, Gustavo c/Frances Valores Sociedad de Bolsa SA s/ despido” [Fallo en extenso: elDial.com - AA4CFA]; Sala IX, SD 14948 del 31/5/08, “C., R, c/Disco SA s/despido”) (SD 88.293 del 28/10/2012, in re “Gleizerman Rubén Marcelo c/Industrias Lear de Argentina SRL s/despido” [Fallo en extenso: elDial.com - AA7C3D]; ver mi voto, in re “Fordham, Joe c/Agrekko Argentina SRL s/despido”, SD 88.758 del 23/5/2013).”

“La demandante pretende también que se asigne carácter salarial a la entrega, por la empresa, de una computadora notebook, pero considero que no le asiste razón, ya que ha sido la propia actora quien ha enfatizado acerca de que la entrega de referencia era “para el desarrollo de mis labores gerenciales”…, además su pretensión no contiene fundamento alguno que la respalde.”
* Ver: elDial.com - AA8242 

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