miércoles, 24 de agosto de 2011

Se multiplican los fallos a favor del ajuste por inflación en Ganancia.- *


El Tribunal Fiscal aplicó el antecedente Candy de la Corte Suprema para avalar a un productor que pidió poder aplicar el mecanismo de actualización.-

Se multiplican los fallos a favor del ajuste por inflación en Ganancias
El Tribunal Fiscal de la Nación aplicó el antecedente Candy de la Corte Suprema para avalar a un productor agropecuario que pidió poder aplicar el ajuste por inflación en el Impuesto a las Ganancias.

En el marco de la causa, Diego Gunningham expuso que durante 2002 amplió su actividad ganadera adquiriendo un importante rodeo de vacas para cría y novillos de invernada.

Debido a la compra de hacienda se generó una utilidad ficticia al calcular la diferencia del precio producida entre la fecha de inicio del ejercicio y el valor a diciembre de 2002.

El productor sostuvo que le era imposible pagar el impuesto sin el ajuste por inflación ya que hubiese convalidado la confiscación del capital. Por ende, presentó una declaración jurada en Ganancias practicando el ajuste impositivo con aplicación del índice de precios internos mayoristas.  Complementariamente, inició un juicio de amparo pidiendo que se dicte la inconstitucionalidad de las normas que prohíben la aplicación del ajuste por inflación.Como argumento, presentó una prueba pericial contable en donde demostraba la situación impositiva antes descripta. Al respecto, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) argumentó que el fenómeno vivido en 2002 no responde al término inflación, sino que se corresponde con una situación de alteración de precios relativos, que no benefició en nada al Estado, dado que los impuestos que percibió no se han visto sujetos a actualización alguna. El vocal Sergio Brodsky, a cargo de la Sala D del Tribunal Fiscal, argumentó en su voto que la aplicación del fallo Candy de la Corte Suprema requiere "necesariamente de una comprobación pericial contable, de la que pueda surgir en forma convincente que en el caso se verifican las condiciones necesarias para tener como justificado que por no aplicarse el mecanismo de ajuste impositivo por inflación, el impuesto a ingresar absorbería una porción sustancial de las rentas y excede cualquier límite razonable".
"Surge claramente (de las pruebas periciales contables de la causa) que de no aplicarse el ajuste por inflación al resultado obtenido en la actividad generadora de rentas de la 3ª categoría, el mismo arroja una utilidad impositiva de $ 53.828,18, importe que se transforma en un quebrando de $106.475,46", puntualizó Brodsky. 

"La diferencia de impuesto reclamada por la Administración Tributaria no sólo se evapora, sino que en razón de otros pagos realizados a cuenta y computables en la liquidación del 2002, el saldo deudor del contribuyente pasa a ser acreedor a favor del mismo", puntualizó el magistrado.

Brodsky también señaló que "si se determina el impuesto a las ganancias sin aplicar el ajuste por inflación, la alícuota efectiva del tributo a ingresar no sería del 35%, sino que representaría el 62% del resultado impositivo ajustado correspondiente al ejercicio 2002, o el 55% de las utilidades -también ajustadas- obtenidas por la actora durante el ejercicio de ese mismo año, porcentajes estos que encuadran la causa en el fallo del Alto Tribunal en el caso ‘Candy'".

* Ver: http://impuestos.iprofesional.com/notas/121363-Se-multiplican-los-fallos-a-favor-del-ajuste-por-inflacin-en-Ganancias

No hay comentarios.: