“Mendoza Carlos Manuel c/ Tramezzino S.R.L. y otros s/ despido” – CNTRAB – 26/03/2013
TRANSFERENCIA DEL ESTABLECIMIENTO. Empleado que continuó trabajando en el mismo lugar y en idénticas condiciones. Ausencia de interrupción de las tareas. IRRELEVANCIA DE LA RENUNCIA EFECTUADA POR EL TRABAJADOR. FRAUDE LABORAL. Finalidad de eliminar la antigüedad del dependiente. Multa prevista en Art. 132 bis de la LCT. Admisión. RESPONSABILIDAD SOLIDARIA -del transmitente y adquirente, en los términos del Art. 228 de la Ley 20744-. Procedencia
“No hay dudas de que el actor siguió trabajando en el mismo lugar y bajo idénticas condiciones de trabajo, sin que siquiera las demandadas demostraran la interrupción de las labores cumplidas por aquél, las que siguieron efectuándose sin solución de continuidad… En dicho contexto, que también fue apreciado por la Judicante de grado, no resulta relevante la renuncia efectuada por el actor. Pues dicho acto, encubre en realidad el fraude pergeñado por la demandada con miras a eliminar la antigüedad del actor. Por ende, de prosperar mi voto, habrá de confirmarse lo decidido en origen sobre este punto y desestimarse la respectiva queja.”
“No hay dudas de que el actor siguió trabajando en el mismo lugar y bajo idénticas condiciones de trabajo, sin que siquiera las demandadas demostraran la interrupción de las labores cumplidas por aquél, las que siguieron efectuándose sin solución de continuidad… En dicho contexto, que también fue apreciado por la Judicante de grado, no resulta relevante la renuncia efectuada por el actor. Pues dicho acto, encubre en realidad el fraude pergeñado por la demandada con miras a eliminar la antigüedad del actor. Por ende, de prosperar mi voto, habrá de confirmarse lo decidido en origen sobre este punto y desestimarse la respectiva queja.”
*Ver: elDial.com - AA7E4A
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