viernes, 17 de octubre de 2014

VIOLENCIA Y HOSTIGAMIENTO LABORAL. Mobbing. DESPIDO INDIRECTO.- *

SD 46879 – Causa 28.814/2010 – “Z., I. S. c/ C. E. A. M. S. d. E. s/ despido” – CNTRAB – SALA VII – 18/07/2014

VIOLENCIA Y HOSTIGAMIENTO LABORAL. Mobbing. DESPIDO INDIRECTO. Justificación del despido decidido por la empleada. Vaciamiento del puesto de trabajo. Falta de reconocimiento de la verdadera categoría laboral. Diferencias salariales. Admisión. Principio de buena fe exigible al buen empleador. Arts. 62 y 63 de la LCT. Resguardo de la integridad psicofísica de sus dependientes. ENFERMEDAD LABORAL. Incapacidad psicológica. RESPONSABILIDAD DE LA EMPLEADORA POR LOS HECHOS DE SUS DEPENDIENTES. Responsabilidad extracontractual. INDEMNIZACIÓN DEL DAÑO MORAL y GASTOS DE TRATAMIENTO PSICOLÓGICO. Procedencia 

“…ha sido acreditada la conducta denunciada y en consecuencia que la incapacidad psicológica de la que dio cuenta la perito del ramo es producto de tal comportamiento, y cabe establecer la responsabilidad que le corresponde a la accionada por ella.” (Dr. Rodríguez Brunengo, según su voto)

“En el caso, el ambiente de trabajo de la actora no era el adecuado y sin lugar a dudas la accionada debe responder por los hechos de sus dependientes, por ser quien ostenta el poder de dirección y organización conforme los arts. 64 y 65, LCT.” (Dr. Rodríguez Brunengo, según su voto)

“…existe una responsabilidad extracontractual que debe ser resarcida, atento que el reclamo se basó en la existencia de un hostigamiento que fue acreditado...” (Dr. Rodríguez Brunengo, según su voto)

“…ha quedado suficientemente acreditado… que las tareas que desarrolló la actora fueron las de “Jefe de División”, y en dicha inteligencia, ante la falta de reconocimiento de las mismas, le asistió derecho a considerarse injuriada y despedida y a acceder al pago de las diferencias salariales reclamadas.” (Dra. Fontana, según su voto)

“… en el caso, la actora ha logrado acreditar que fue víctima de violencia u hostigamiento laboral, encontrándose afectada psíquicamente por dicha circunstancia.” (Dra. Fontana, según su voto)

“La obligación derivada del principio de buena fe exigible al buen empleador, que surge de los arts. 62 y 63 de la LCT, conlleva la obligación de tomar medidas en resguardo de la integridad de sus dependientes, y en el caso, lejos de observar dicha conducta, la demandada, jamás se expidió acerca del reclamo de categorización laboral efectuado por la actora, y se limitó a negar, sin siquiera detenerse a investigar, las dolencias padecidas por la actora, cuya responsabilidad se le endilgaba.” (Dra. Fontana, según su voto)
* Ver: elDial.com - AA8AB0

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