Quebró su empresa y deberá pagar por ella
El titular de una sociedad quebrada deberá responder con sus bienes por las deudas de la empresa, así lo dispuso la Sala C de la Cámara Comercial. Los jueces Julia Villanueva, Eduardo Machín y Juan Garibotto advirtieron que la quiebra había sido motivada por el desvío de fondos en beneficio exclusivo de su dueño.
La Sala C de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial, integrada por los jueces Julia Villanueva, Eduardo Machín y Juan Garibotto, consideró que el empresario Gilberto Burgos actuó en fraude a sus acreedores, disponiendo los bienes de la firma quebrada Croach Busters SRL como si fueran propios, a los fines de su exclusivo interés personal.
Los camaristas acreditaron que Burgos usó los fondos de la empresa para beneficiar operaciones con otras sociedades suyas y de sus allegados –cónyuge y ex esposa-. Por eso resolvieron, en los términos del inciso 1 del artículo 161 de la Ley de Concursos y Quiebras, extender la quiebra de la sociedad a Burgos y a CB Obras y Servicios SA, una sociedad pantalla creada por él para desviar los fondos y la clientela de Croach Busters.
La demanda presentada por el síndico de la quiebra puso en evidencia las maniobras de Burgos que empujaron la firma a la quiebra. Así por ejemplo, el síndico descubrió que laCroach Busters había cedido el 50% del inmueble donde funcionaba y dos automóviles que poseía, en pago de una deuda contraída por otra sociedad -Serviriel SA-, también de su propiedad. El contador de la sociedad en quiebra declaró que existía una sola caja para las dos empresas y que Croach Busters soportaba los gastos de la otra.
Los camaristas también comprobaron que Burgos había autorizado la venta de un automóvil de la empresa para después comprar con ese dinero dos automóviles a su nombre y alquilárselos a la misma. Las investigaciones revelaron además cheques extendidos para gastos personales y la existencia de balances con resultados desiguales respecto del mismo período con firmas falsificadas, dice el expediente.
Una vez decretada la quiebra de la SRL, Burgos quiso continuar sus negocios desdeCroach Busters SA -luego CB Obras y Servicios SA-. Informó a sus viejos clientes que la SRL y la SA “eran la misma cosa” y que solo cambiaba el nombre y la forma de la sociedad. Utilizó, además, los antecedentes de la primera como si fueran propios para ganar licitaciones, dice el expediente.
La sindicatura de Croach Busters dijo en su demanda que “dejaron morir una sociedad para crear otra, con el mismo objeto e iguales clientes”.
En su defensa Burgos no negó los hechos. Simplemente dijo que la demanda no especificaba claramente los actos que habría realizado en su propio interés, ni cual habría sido el desvió del interés social, o el grado de disminución del activo.
El Juzgado en lo Comercial n°21 desestimó la presentación de la sindicatura por no haber “sustento suficiente” para extender la quiebra. El juez Germán Páez Castañeda consideró que la pretensión no se encuadraba en el artículo 161 de la Ley de Concursos y Quiebras y dijo que en todo caso correspondía iniciar una acción de responsabilidad.
La Fiscalía General ante la Cámara Comercial, subrogada por Raquel Mercante, analizó profusamente cada una de las pruebas detallando los vínculos del vaciamiento con los demandados y aconsejó hacer lugar a pretensión de extender la quiebra a Burgos y la sociedad anónima de su propiedad por la confusión patrimonial entre estas.
La Cámara respaldó el dictamen fiscal y Burgos deberá responder con sus bienes y los de su empresa pantalla por las deudas contraídas por la fallida -Croach Busters- [ver fallo].
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