Desde la sanción de la Ley 26.427, la cantidad de contrataciones se redujo, pero ahora buscan cambiar ese panorama y beneficiar a los más jóvenes. Qué estipula la iniciativa y cuáles serán las consecuencias para las empresas en caso de aprobarse.-
Por Sebastian Albornos
En un principio, las pasantías estaban pensadas para permitir a las empresas contar con capital humano a bajo costo y a los estudiantes posibilitarles el inicio de una carrera profesional, sin descuidar sus estudios en la universidad.
No obstante, la Ley 26.427 y su reglamentación provocaron cierto desaliento en las compañías para contratar pasantes porque la norma obligó a los empleadores a cumplir estrictamente sus disposiciones.En la actualidad, el incumplimiento de cualquiera de las estipulaciones legales convierte a la pasantía en un contrato de trabajo por tiempo indeterminado y, como consecuencia, habilita la aplicación de sanciones e indemnizaciones asimilables a una relación laboral no registrada.
La mencionada ley hizo que casi 50.000 pasantes perdieran su condición de tales, con el agravante de que, en el segmento social de jóvenes de 18 a 24 años de edad, la tasa de desocupación supera el 16%.
Si bien los fines de esta norma fueron loables porque pretendían eliminar el fraude laboral cometido por algunas firmas que contrataban pasantes que no realizaban tareas relacionadas con sus estudios, además de desempañar jornadas laborales que superaban largamente las seis horas diarias, produjo un efecto negativo ya que desalentó esta modalidad de contratación.
La norma vigente generó una merma en la contratación de nuevos pasantes, por el costo elevado y la disminución de la carga horaria de trabajo, entre otros puntos que las empresas consideraron "inviables".
En este contexto, y para relanzar las pasantías, desde la Coalición Cívica presentaron un proyecto para modificar algunos puntos de la norma. La iniciativa ya fue girada a las comisiones de Educación y Legislación del Trabajo.
No obstante, la Ley 26.427 y su reglamentación provocaron cierto desaliento en las compañías para contratar pasantes porque la norma obligó a los empleadores a cumplir estrictamente sus disposiciones.En la actualidad, el incumplimiento de cualquiera de las estipulaciones legales convierte a la pasantía en un contrato de trabajo por tiempo indeterminado y, como consecuencia, habilita la aplicación de sanciones e indemnizaciones asimilables a una relación laboral no registrada.
La mencionada ley hizo que casi 50.000 pasantes perdieran su condición de tales, con el agravante de que, en el segmento social de jóvenes de 18 a 24 años de edad, la tasa de desocupación supera el 16%.
Si bien los fines de esta norma fueron loables porque pretendían eliminar el fraude laboral cometido por algunas firmas que contrataban pasantes que no realizaban tareas relacionadas con sus estudios, además de desempañar jornadas laborales que superaban largamente las seis horas diarias, produjo un efecto negativo ya que desalentó esta modalidad de contratación.
La norma vigente generó una merma en la contratación de nuevos pasantes, por el costo elevado y la disminución de la carga horaria de trabajo, entre otros puntos que las empresas consideraron "inviables".
En este contexto, y para relanzar las pasantías, desde la Coalición Cívica presentaron un proyecto para modificar algunos puntos de la norma. La iniciativa ya fue girada a las comisiones de Educación y Legislación del Trabajo.
Régimen actual
A partir de la mencionada ley, los requisitos para celebrar un vínculo de pasantía son los siguientes:
- Que esté destinada a estudiantes mayores de 18 años.
- Que no exista relación laboral entre pasante y empresa.
- No se puede cubrir así vacantes o crear empleos nuevos.
- Debe registrarse en "Mi Simplificación".
- Se puede renovar una sola vez y por un plazo máximo de seis meses.
- La jornada de trabajo máxima es de 20 horas semanales.
- Se abona a cambio una asignación (no salario) no remunerativa, que se calcula sobre el sueldo básico de convenio, en proporción a la carga horaria prestada.
- El vínculo debe estar avalado por la institución educativa, de acuerdo a sus programas estudiantiles.
En caso de no cumplirse con requisitos de la actual ley, el contrato se considera como laboral de tiempo indeterminado.
A partir de la mencionada ley, los requisitos para celebrar un vínculo de pasantía son los siguientes:
- Que esté destinada a estudiantes mayores de 18 años.
- Que no exista relación laboral entre pasante y empresa.
- No se puede cubrir así vacantes o crear empleos nuevos.
- Debe registrarse en "Mi Simplificación".
- Se puede renovar una sola vez y por un plazo máximo de seis meses.
- La jornada de trabajo máxima es de 20 horas semanales.
- Se abona a cambio una asignación (no salario) no remunerativa, que se calcula sobre el sueldo básico de convenio, en proporción a la carga horaria prestada.
- El vínculo debe estar avalado por la institución educativa, de acuerdo a sus programas estudiantiles.
En caso de no cumplirse con requisitos de la actual ley, el contrato se considera como laboral de tiempo indeterminado.
Modificaciones
La iniciativa propuesta por la diputada Ré permite contratar bajo este régimen a las personas mayores de 18 años para desarrollarse en empresas, organismos públicos y demás sujetos de derecho contemplados en el Código Civil. Se exceptúa a las empresas de servicios eventuales aún cuando adopten la forma de cooperativas.
Es decir, elimina el requisito para las empresas privadas que quieran acceder a la incorporación de pasantes, que estén constituidas como personas jurídicas.
La diputada explicó la introducción de este cambio porque sino se "dejaba afuera del sistema a la enorme mayoría de estudios contables, jurídicos o de ingeniería".
Hay que brindar "una fórmula más amplia en cuanto a quienes pueden incorpora pasantes, como es la calidad de sujeto de derecho conforme al Código Civil, con lo cual quedan ahora comprendidas en el propio texto legal las personas físicas", remarcó la legisladora en los fundamentos de la iniciativa.
Por otro lado, pretende que la duración y la carga horaria de las pasantías educativas se definan en función de las características y complejidad de las actividades a desarrollar, por un plazo mínimo de 2 meses y máximo de 24, con una carga horaria semanal de hasta 25 horas.
Cumplido el plazo máximo establecido, la pasantía puede renovarse a favor del mismo pasante, por otros 6 meses, debiéndose firmar un nuevo acuerdo individual entre todas las partes.
Como contraprestación, prevé que los beneficiarios reciban una suma de dinero en carácter no remunerativo como asignación estímulo.Ésta no podrá ser menor al 80% del salario básico del convenio colectivo aplicable a la empresa, que será proporcional a la carga horaria de la pasantía.
Si la actividad no contara con convenio colectivo, el 80% se calculará proporcionalmente al salario mínimo, vital y móvil.
Del mismo modo, el proyecto establece que se otorgará a los pasantes una cobertura de salud, salvo en aquellos casos en que el mismo ya cuente con cobertura.
El régimen propuesto no será de aplicación en los casos en que los alumnos, de acuerdo al plan de estudios que cursaren, debieran obligatoriamente realizar pasantías, prácticas curriculares o profesionales.
"La iniciativa busca derogar la conversión del vínculo de pasantía a un ligamen laboral por tiempo indeterminado como también la aplicación de las sanciones e indemnizaciones legales como si se tratase de una relación laboral no registrada", explicó Ré.
De esta manera, considera que un mayor universo de alumnos podrá ingresar al sistema de pasantías educativas.
La iniciativa propuesta por la diputada Ré permite contratar bajo este régimen a las personas mayores de 18 años para desarrollarse en empresas, organismos públicos y demás sujetos de derecho contemplados en el Código Civil. Se exceptúa a las empresas de servicios eventuales aún cuando adopten la forma de cooperativas.
Es decir, elimina el requisito para las empresas privadas que quieran acceder a la incorporación de pasantes, que estén constituidas como personas jurídicas.
La diputada explicó la introducción de este cambio porque sino se "dejaba afuera del sistema a la enorme mayoría de estudios contables, jurídicos o de ingeniería".
Hay que brindar "una fórmula más amplia en cuanto a quienes pueden incorpora pasantes, como es la calidad de sujeto de derecho conforme al Código Civil, con lo cual quedan ahora comprendidas en el propio texto legal las personas físicas", remarcó la legisladora en los fundamentos de la iniciativa.
Por otro lado, pretende que la duración y la carga horaria de las pasantías educativas se definan en función de las características y complejidad de las actividades a desarrollar, por un plazo mínimo de 2 meses y máximo de 24, con una carga horaria semanal de hasta 25 horas.
Cumplido el plazo máximo establecido, la pasantía puede renovarse a favor del mismo pasante, por otros 6 meses, debiéndose firmar un nuevo acuerdo individual entre todas las partes.
Como contraprestación, prevé que los beneficiarios reciban una suma de dinero en carácter no remunerativo como asignación estímulo.Ésta no podrá ser menor al 80% del salario básico del convenio colectivo aplicable a la empresa, que será proporcional a la carga horaria de la pasantía.
Si la actividad no contara con convenio colectivo, el 80% se calculará proporcionalmente al salario mínimo, vital y móvil.
Del mismo modo, el proyecto establece que se otorgará a los pasantes una cobertura de salud, salvo en aquellos casos en que el mismo ya cuente con cobertura.
El régimen propuesto no será de aplicación en los casos en que los alumnos, de acuerdo al plan de estudios que cursaren, debieran obligatoriamente realizar pasantías, prácticas curriculares o profesionales.
"La iniciativa busca derogar la conversión del vínculo de pasantía a un ligamen laboral por tiempo indeterminado como también la aplicación de las sanciones e indemnizaciones legales como si se tratase de una relación laboral no registrada", explicó Ré.
De esta manera, considera que un mayor universo de alumnos podrá ingresar al sistema de pasantías educativas.
Repercusiones
"En esta iniciativa legislativa se atienden parcialmente muchas de las objeciones formuladas en su momento", destacó Héctor Alejandro García, socio del estudio García, Pérez Boiani & Asociados.
"Se flexibiliza el objeto de la ley, es decir, hacia quien va dirigida la pasantía educativa, ampliando el espectro de personas a ser consideradas potencialmente como pasantes", remarcó.
Aunque la iniciativa reconoce que 20 horas por semana no es compatible con determinadas prácticas y permite llegar a 25, "en algunos casos puede lucir escaso", consideró García porque -explicó- "hay pasantías que podrían demandar 6 horas por día y ello no interferir con el estudio".
Además, calificó como "plausible" que se fije una asignación estímulo del 80% del valor del salario básico, ya que "no puede estimularse al pasante con los mismos parámetros que a un trabajador".
A pesar de que la iniciativa es "buena" para el mencionado especialista "se podría avanzar en otros aspectos que no se abordaron, como es el caso de la cobertura médico asistencial, las licencias y tantos otros aspectos que el sesgo laboralista de la Ley 26.427 terminó por desalentar".
En tanto, para Mariana Medina, jefe del departamento de Derecho Laboral del estudio Grispo & Asociados, el problema con el actual régimen surgió porque "no fue consensuado con las cámaras empresariales ni con las instituciones educativas argentinas".
Con el proyecto se "sanean varias lagunas", destacó la abogada. Entre las modificaciones más beneficiosas para los empresarios mencionó:
- Ampliación de la persona contratante de la pasantía.
- Las tareas deben estar sustantivamente relacionadas con la propuesta curricular del pasante.
- Se amplía el plazo máximo del contrato a veinticuatro meses.
- La carga horaria pasa de 20 a 25 horas.
- Se reduce la asignación estímulo que cobra el pasante, siendo hasta el 80% del salario básico del Convenio Colectivo de la empresa.
- Las cargas por cobertura de salud serán obligatorias siempre que el pasante no cuente ya con cobertura anterior.
- Se elimina la sanción para el caso de que las empresas contratantes alteren el objetivo de la pasantía, derogándose entonces la transformación a tiempo indeterminado.
"La propuesta del proyecto resulta interesante porque viene a otorgar a los empresarios una posibilidad concreta y útil para su utilización", concluyó la especialista del estudio Grispo.
"En esta iniciativa legislativa se atienden parcialmente muchas de las objeciones formuladas en su momento", destacó Héctor Alejandro García, socio del estudio García, Pérez Boiani & Asociados.
"Se flexibiliza el objeto de la ley, es decir, hacia quien va dirigida la pasantía educativa, ampliando el espectro de personas a ser consideradas potencialmente como pasantes", remarcó.
Aunque la iniciativa reconoce que 20 horas por semana no es compatible con determinadas prácticas y permite llegar a 25, "en algunos casos puede lucir escaso", consideró García porque -explicó- "hay pasantías que podrían demandar 6 horas por día y ello no interferir con el estudio".
Además, calificó como "plausible" que se fije una asignación estímulo del 80% del valor del salario básico, ya que "no puede estimularse al pasante con los mismos parámetros que a un trabajador".
A pesar de que la iniciativa es "buena" para el mencionado especialista "se podría avanzar en otros aspectos que no se abordaron, como es el caso de la cobertura médico asistencial, las licencias y tantos otros aspectos que el sesgo laboralista de la Ley 26.427 terminó por desalentar".
En tanto, para Mariana Medina, jefe del departamento de Derecho Laboral del estudio Grispo & Asociados, el problema con el actual régimen surgió porque "no fue consensuado con las cámaras empresariales ni con las instituciones educativas argentinas".
Con el proyecto se "sanean varias lagunas", destacó la abogada. Entre las modificaciones más beneficiosas para los empresarios mencionó:
- Ampliación de la persona contratante de la pasantía.
- Las tareas deben estar sustantivamente relacionadas con la propuesta curricular del pasante.
- Se amplía el plazo máximo del contrato a veinticuatro meses.
- La carga horaria pasa de 20 a 25 horas.
- Se reduce la asignación estímulo que cobra el pasante, siendo hasta el 80% del salario básico del Convenio Colectivo de la empresa.
- Las cargas por cobertura de salud serán obligatorias siempre que el pasante no cuente ya con cobertura anterior.
- Se elimina la sanción para el caso de que las empresas contratantes alteren el objetivo de la pasantía, derogándose entonces la transformación a tiempo indeterminado.
"La propuesta del proyecto resulta interesante porque viene a otorgar a los empresarios una posibilidad concreta y útil para su utilización", concluyó la especialista del estudio Grispo.
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