viernes, 20 de diciembre de 2013

Por primera vez, la Cámara del Trabajo avala la creación de un gremio policial.- *

20-12-2013 El fallo dictado por la sala II y ordena al Ministerio de Trabajo inscribir como asociación gremial a la Unión de Policías Penitenciarios Argentina-Córdoba .-

 Dos semanas después de que la policía de Córdoba se autoacuartelara para reclamar al gobierno de José Manuel de la Sota mejoras salariales, la Cámara de Apelaciones del Trabajo reconoció el derecho de esos efectivos a formar un sindicato.
La decisión judicial aclara que la policía puede crear una asociación gremial en iguales condiciones que otros trabajadores y, aunque expresamente aclara que la simple inscripción no alcanza para que ese sindicato negocie convenios colectivos, en la práctica los policías sindicalizados pasarán a tener una voz única para negociar.
El fallo, el primero de la cámara de apelaciones que reconoce a los efectivos policiales esa libertad, fue dictado por la Sala II de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo -Graciela González y Miguel Ángel Pirolo- y le ordena al Ministerio de Trabajo inscribir como asociación gremial a la Unión de Policías Penitenciarios Argentina-Córdoba (UPAC). El fiscal de la cámara, Eduardo Álvarez, había opinado en ese mismo sentido, indicó el diario La Nación.
En todo el país hay, según dijo la presidenta Cristina Kirchner, 200.000 efectivos provinciales que podrían agruparse por provincia e, incluso, por jerarquías. Pero la sentencia será apelada y la controversia continuará hasta que sea resuelta por la Corte Suprema.
El máximo tribunal viene estudiando el tema porque hay otro expediente, promovido por el Sindicato Policial de la Provincia de Buenos Aires. Sin embargo, la procuradora general, Alejandra Gils Carbó, dictaminó en contra del planteo de la policía bonaerense y, desde que ocurrieron los levantamientos policiales, el jefe de Gabinete, Jorge Capitanich, y todos los funcionarios políticos también se manifestaron en contra de la agremiación.
El fallo de González y Pirolo señala que "la organización sindical propende a encauzar el conflicto, a mejorar el diálogo, a lograr mayores niveles de compromiso de los agentes policiales con la institución empleadora y a erigirse como interlocutora, para actuar de manera preventiva, pudiendo de tal modo evitar reacciones injustificadas que puedan llevar a privar de adecuada protección a la ciudadanía o a las personas a quienes deben tutelar".
Para fundamentar su decisión, la Cámara se basó en el artículo 14 bis de la Constitución, que reconoce el derecho de todos los trabajadores a la "organización sindical libre y democráticapor la simple inscripción en un registro especial", y en el Convenio 87 de la OIT, que también reconoce ese derecho a todos los trabajadores "sin ninguna distinción".
Eso quiere decir, sostienen los camaristas, que el derecho de la policía a agremiarse no puede ser rechazado y que el Congreso nacional lo único que puede reglamentar es el "ámbito y modo de ejercicio" de esa libertad, teniendo en cuenta que la policía presta un servicio esencial para la seguridad de la población, remarca el matutino.
Si la Corte sigue sus propios antecedentes de garantizar la libertad sindical, es probable que confirme el fallo de la Cámara, aunque sea con algunas restricciones. Pero no podría descartarse que el Gobierno decida avanzar con un proyecto que limite el poder de los gremios policiales-

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