En la página web que al final se destaca, Manager Laboral publicó el siguiente artículo:
La Sala II de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad de Buenos Aires dispuso que los funcionarios de cualquiera de los tres poderes locales, ejecutivo, legislativo o judicial que tenga la necesidad de contratar un trabajador, deberá previamente, consultar el Registro Oficial de personas discapacitadas que busquen empleo y analizar si alguna de ellas posee la idoneidad necesaria para cubrirlo.
De todas formas el fallo es nuevo… casi nuevo, ya es el segundo, pero la obligación ya fue impuesta por la Constitución porteña. La misma establece que el 5% de la dotación del personal de la administración pública de la Ciudad de Buenos Aires deberá ser cubierto por personas con capacidades especiales.
Actualmente solo el 3% ha sido considerado. Sobre 140.000 agentes solo unos 4200 poseen dicha condición. Si el fallo llegase a quedar firme, a partir de ahora, siempre que surja una vacante, los funcionarios responsables deberán consultar el registro mencionado antes de proceder a cualquier designación. La idea o tendencia que se intenta mediante el precedente es cubrir el cupo constitucionalmente determinado.
El art. 43 de la Constitución porteña dice: “(Tutela Laboral) La Ciudad protege el trabajo en todas sus formas. … Asegura un cupo del cinco por ciento del personal para las personas con necesidades especiales, con incorporación gradual en la forma que la ley determine.” Esta norma data del año 1996. Las normativas hasta la fecha no han hecho más que establecer prórrogas. La ley 3230 de la Ciudad extendió el último plazo por un año, año que transcurrió y la prórroga venció en noviembre del pasado 2010. Entonces ya es tiempo para su cumplimiento efectivo. Nos alegra el referido fallo y esperamos que el período de prórrogas, no obstante el año electoral, ceda paso a un período de estabilidad y protección efectiva para las personas cuyas capacidades son diferentes pues ello no implica que carezcan de la idoneidad necesaria para el cargo a cubrir.
http://www.managerlaboral.com.ar/discapacidad-y-derechos-laborales-un-importante-precedente-en-la-justicia-portena/
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