martes, 22 de noviembre de 2016

DESPIDO DISCRIMINATORIO. Trabajadora a la que ya iniciada la relación laboral se le diagnostica Diabetes tipo 1 Insulino-dependiente.- *

SD 49310 – Expte. nº 14.241/2011 – “G. M. F. c/NT Servicios y Cargas SA s/despido” – CNTRAB – SALA VII – 15/07/2016

DESPIDO DISCRIMINATORIO. Trabajadora a la que ya iniciada la relación laboral se le diagnostica Diabetes tipo 1 Insulino-dependiente. Ausencias sucesivas de la trabajadora hasta que finalmente es despedida 

“La ley Nº 23.753 especifica cual es el procedimiento a seguir para determinar las circunstancias de incapacidad que se puedan presentar para el ingreso laboral ante la existencia de un cuadro de diabetes. El art. 2 de esta ley taxativamente establece que “la diabetes no será causal de impedimento para el ingreso laboral”. Es innegable, que si se dictó una ley para proteger la admisión en los empleos de las personas con diabetes, es que han sufrido discriminaciones por esa causa. También porque existe una protección legal de los datos relativos a la salud de las personas como datos sensibles, sujetos en principio a las limitaciones establecidas en el art. 7 de la ley 25.326, no pudiendo ser obligados los afectados a proporcionarlos. Y en el caso, la demandada ni alegó y menos aún demostró haber cumplido con su obligación, y es por eso que de ningún modo deviene admisible que se encuentre en condiciones de efectuar imputaciones a la actora (al alegar que ésta conocía su dolencia y la ocultó maliciosamente), cuando fue ella quien realmente incumplió sus obligaciones en el caso. Cabe pues, hacer lugar al reclamo por despido discriminatorio.”
(Publicación del Poder Judicial de la Nación - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Prosecretaría General - Boletín 363/2016)

* ver: elDial.com - AA9ABC

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