lunes, 26 de marzo de 2012

Nuevos fraudes concursales.- *


Desde antaño las ventas de activos judiciales mediante subasta o licitación pública eran la regla inquebrantable de transparencia y publicidad que debía observar cualquier magistrado. Pero siempre aparece algún resquicio para sortear la venta pública.
Las Fábricas Recuperadas en la Argentina surgieron como una reacción social ante el pronunciado proceso de desindustrialización del país derivado de las políticas neoliberales que rigieron los destinos de nuestra economía desde 1975 a 2001. La política económica dictatorial condujo a privilegiar el negocio financiero sobre el productivo, con el beneficio secundario de pauperizar la clase obrera y quitarle poder a los sindicatos, a los que directamente eliminó del juego político a través de la represión. En los 90 se consolidó ese plan económico, pero esta vez a través de la cooptación de la clase política y sindical. Así se profundizó el proceso de concentración de la economía gracias a la privatización de los servicios públicos y se llegó al endeudamiento astronómico del país que se requería sostener el plan de convertibilidad.
El desenlace de esas políticas llevó a una profunda crisis económica y social. Las principales víctimas fueron los trabajadores industriales que se fueron acordonando en villas de emergencias cercanas a las fábricas. Así surgió Ciudad Oculta por su vecindad a un mercado de hacienda de Mataderos y la zona frigorífica; o la villa 21-24 de Barracas cerca de las terminales de carga y descarga del ferrocarril; o Villa Pirelli nacida en las inmediaciones del barrio del mismo nombre; o la villa 19 más conocida como Villa Inta en alusión a la fábrica textil INTA-Arciel, señala la licenciada Valeria Snitcojfsky.
 En este sentido podríamos decir que el 2001 representó un quiebre. Esta vez los trabajadores industriales dijeron no a la villa de emergencia y se quedaron en las fábricas a trabajar. Diez años después, ese fenómeno social espontáneo mereció el reconocimiento legislativo en la reforma de la Ley de Concursos y Quiebras -Ley 26.684-, que fue votada por el 99% de los legisladores.
La nueva reforma incorporó la posibilidad de que las cooperativas de trabajadores continúen la explotación y compren la empresa en forma directa, pagando por compensación con sus créditos laborales.
Hecha la ley, hecha la trampa 
Como lo anuncia el conocido refrán, una vez sancionada una ley, siempre aparecen aquellos que pretenden utilizar su letra para burlar su espíritu.
Una de esas situaciones se presentó cuando estaba por salir a subasta el inmueble deHilanderías MG en su proceso de quiebra. Luego de haberse rechazado un par de ofertas de compra directa por parte de terceros, y diez días después de ordenado el remate, se presentó la llamada “Cooperativa de Trabajo Hilanderías MG” pidiendo la suspensión del trámite y ofreciendo pagar la nada despreciable suma de 350 mil dólares junto con los créditos verificados y firmes de un puñado de trabajadores.
La jueza Julia Villanueva, en ese entonces a cargo de la causa, evaluó la presentación de los trabajadores y dijo que no era sincera. Advirtió que la Cooperativa de Trabajo había abandonado la continuación de la explotación hacía cinco años y destacó que hubo dos oferentes que insistieron en comprar directamente la fábrica eludiendo la subasta pública. Villanueva había rechazado esos intentos de eludir las normas sobre enajenación de bienes por compra y había ordenado el remate para garantizar la transparencia de la venta como lo exige la ley de concursos.
Justo cuando la decisión de ordenar la subasta fue confirmada por la Cámara,  aparece de la nada la mencionada cooperativa de trabajadores con 350 mil dólares en la mano, haciendo una oferta similar a la que habían realizado los oferentes anteriores. A Villanueva le pareció evidente que el precio ofrecido en pago no pertenecía a los trabajadores despedidos de la planta sino a un tercero, que los estaba utilizando para eludir el acatamiento de una sentencia firme que rechazó la venta directa a particulares sin subasta.  Por otro lado, los trabajadores que decían integrar la cooperativa hablaban de compensar sus créditos, pero en realidad solamente renunciaban a su privilegio.
Luego, la Sala A de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial confirmó el fallo de Villanueva: “…la cooperativa, pese a lo sostenido en su memorial, no ha continuado con la explotación de la planta de la fallida por lo que no se verifica el presupuesto fáctico del art. 213 que faculta al juez para acordar la venta directa de bienes” [ver dictamen y fallo completo].
El caso de los 10 trabajadores millonarios  
Una situación similar se está planteando  con la venta de las marcas de Agro Industrias INCA SA. En un primer momento, se presentaron en el expediente un par de ofertas de compra directa por parte de interesados en adquirir  las marcas INCA sin pasar por el trámite público de la subasta o la licitación, pese a que se trata de marcas que tienen una enorme inserción en el mercado y, por lo tanto, un elevado valor. Pasaron años discutiendo en el expediente sobre cuál de estas ofertas de compra era la mejor, sin que el juzgado tomara una definición, ni ordenara el remate. Entre tanto, la provincia de Buenos Aires dictó la ley 3.758 expropiando las marcas INCA en beneficio de la Cooperativa de Trabajo del ex Personal de Industrias Inca Limitada y fijándoles un precio de indemnización de 1.300.000 pesos.
Da la casualidad que el precio fijado es equivalente a la “mejor oferta” formulada por uno de los oferentes en el expediente de la quiebra de Agroindustrias Inca. O sea que el precio fijado por ley no tuvo en cuenta el valor de las marcas. Tampoco se respetó el procedimiento y los requisitos que exige la Ley de Expropiaciones de la Provincia de Buenos Aires, según surge del expediente. El precio indemnizatorio se fijó de acuerdo al interés de un candidato a comprarlas  y sin respetar los trámites legales.
Al menos así lo entendió el síndico concursal que objetó la constitucionalidad de la norma, por no respetar el procedimiento de determinación del valor indemnizatorio de una expropiación establecido por la Ley 5.708. La fiscalía del fuero apoyó su planteo de inconstitucionalidad y agregó que la Cooperativa de Trabajo del Personal de Agroindustrias Inca Ltda. no reúne los requisitos de la Ley 26.684 para adquirir bienes en la quiebra por compra directa, porque sólo está integrada por 10 trabajadores y no por dos tercios del total como exige la Ley de Concursos [ver dictamen].
Una vez más, una supuesta cooperativa de trabajadores sacó de la galera fondos millonarios para impedir la subasta pública haciendo valer los beneficios otorgados a las Fábricas Recuperadas. El juez de la primera instancia aprobó la estrategia, sin reparar en que los trabajadores despedidos difícilmente podrían conseguir ese dinero, ni se le ocurrió preguntarles cuál era su origen, rechazando el planteo de inconstitucionalidad de la ley provincial. Simplemente, autorizó la entrega de marcas valiosísimas a diez trabajadores devenidos millonarios y a un precio ficticio impuesto por un candidato interesado que logró insertar su negocio en una ley provincial. Así no sólo se perjudicaría al resto de los trabajadores que no integran la cooperativa sino al resto de la masa que no verán ingresar fondos suficientes para pagar sus créditos. Ahora el asunto está al estudio de la Sala B de la Cámara..
Esta no es la primera vez que el gobierno de la Provincia de Buenos Aires es cuestionado por asuntos vinculados a las cooperativas de trabajo en las quiebras. Existe una denuncia penal presentada por el diputado Horacio Piemonte para que se investigue por qué el gobierno de Daniel Scioli ordenó el pago de 101 millones de pesos en concepto de indemnización expropiatoria de una expresa metalúrgica en quiebra, que había sido tasada en 26 millones de pesos por la Fiscalía de Estado. La beneficiaria es la sociedad Ignacio Wasserman SA ubicada en la localidad de Vicente López.
Fuentes cercanas al Movimiento Nacional de Fábricas Recuperadas manifestaron que la cifra pagada por el gobierno de Scioli, hubiera servido para hacer frente a unas 50 expropiaciones pendientes para los cuales el gobierno provincial no destinó ningún dinero.

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