domingo, 11 de marzo de 2012

Un fallo inédito obliga a una obra social a aceptar a una afiliada.-


En un fallo sin precedentes no sólo en Argentina sino también en el derecho hispánico, la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN), acogió por primera vez la posibilidad que tiene un ciudadano de llegar en forma directa en temas de carácter social ante la máxima instancia de justicia utilizando un recurso de queja denominado "vía pauperis" (pauperis: pobreza), el cual habitualmente sólo era usado por personas privadas de libertad carentes de recursos económicos y de abogados. Mediante este original planteo y una delicada construcción jurídica, la Corte nacional finalmente reconoció el derecho de una joven entrerriana a reafiliarse al Instituto Obra Social de la Provincia de Entre Ríos, (Iosper) que le había denegado esa posibilidad por "enfermedad preexistente". De este modo, el máximo Tribunal del país revocó el fallo del Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos, que había fallado a favor de la obra social.

Así lo hizo saber el titular del Ministerio Público de la Defensa de Diamante, Esteban Monge, quien hizo un racconto del caso. Virginia Quinteros nació con graves problemas de salud (padece una hidrocefalia), por lo que se la debió intervenir quirúrgicamente en reiteradas oportunidades e implantar una válvula en su cabeza. Por ser hija de una afiliada al Iosper, gozó de la cobertura de la obra social hasta los 21 años, ya que corresponde ese beneficio hasta la mayoría de edad, y hasta los 25 si se trata de una estudiante. Pero al pretender reafiliarla, la entidad le denegó el ingreso argumentando "enfermedad preexistente".

A partir de esto comenzó una larga batalla judicial. El Ministerio Público de la Defensa interpuso una acción de amparo ante el Tribunal local, que mediante un fallo del juez Jorge Barbagelata reconoció los derechos de la joven y mandó a reincorporarla a la obra social.

Pero la sentencia fue apelada y rechazada por el Supremo Tribunal de Justicia de Entre Ríos, que "falló fiablemente a favor del Iosper, desconociendo los derechos de la joven discapacitada", contó Monge.

Recurso de queja. "La situación de desprotección de la joven discapacitada generó un recurso de queja ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación denominado vía pauperis, figura propia del derecho penal, equiparando la situación de la joven a la de un privado de libertad, logrando salvar mediante este original mecanismo innumerables obstáculos técnicos para llegar directamente a la CSJN, lo que por sí solo implicaba todo un avance en materia de derechos sociales", explicó a LaCapital el defensor de Diamante.

Llegado a la máxima instancia, el planteo de la Defensa Pública generó por mucho tiempo un amplio debate interno dentro de la misma Corte Suprema, la que en definitiva falló a favor de la joven, estableciendo un delicado equilibrio entre el llamado acceso a la Justicia, el derecho a la salud, los derechos de los discapacitados y los recaudos técnicos legales para evitar una avalancha de reclamos que debería atender en forma directa.

Nuevo mecanismo. Mediante este inédito fallo, la Corte suprema no sólo generó un nuevo mecanismo, desconocido hasta ahora, para llegar en forma directa ante el máximo tribunal de justicia invocando la garantía de igualdad y las llamadas "Cien reglas de Brasilia", sino que además abrió una nueva instancia para el reconocimiento de los derechos sociales que beneficia especialmente a los sectores de mayor vulnerabilidad social.

El planteo llevado ante la Corte Suprema nacional por parte de la Defensa Pública, al que, según Monge, algunos ya denominan "in pauper socialis", fue recogido rápidamente por los portales jurídicos del país y del exterior.

"Lo más interesante de esto es que le abre a cualquier persona humilde la posibilidad de llegar a la Corte, con solo declarar que se han avasallado sus derechos, y hacerlo incluso sin abogados", dijo a este diario el titular del ministerio público. "Esta mujer acudió a la Corte por derecho propio, lo que abre una nueva instancia, realmente inédita. Y por primera vez la Corte acepta esta cuestión", remató.

La Capital - Rosario - 09/03/12 



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